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Cláusula IRPH

Cláusula IRPH

¿Eres afectado por una hipoteca con cláusula IRPH en la que no te informaron adecuadamente del producto que contratabas? ¿Has tenido que abonar más intereses de los que esperabas al suscribir tu hipoteca?

Reclamaremos para poner fin a tu cláusula irph y hacer que te devuelvan los intereses que abonaste de más.

La justicia europea se ha puesto de parte de los afectados. La Sentencia C-125/18, de 3 de marzo de 2020, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que las entidades bancarias están obligadas a informar a los consumidores, para cumplir con su deber de transparencia, sobre cuál había sido la evolución del IRPH de las Cajas de Ahorros durante los dos años naturales anteriores a la celebración de los contratos de préstamo y a su vez sobre el último valor disponible.

Según argumenta el fallo judicial del Tribunal Europeo, solo proporcionando dicha información previa al consumidor puede éste contar con la posibilidad de comparar dicho índice IRPH con otros índices disponibles en el mercado y así elegir su mejor opción.

Según la justicia europea, en caso de que no se proporcionase dicha información previa, la cláusula IRPH adolecería de falta de transparencia procediendo declarar su nulidad. 

Desde Palomar Abogados queremos informarte que, a partir de la interposición de una demanda de anulación de tu cláusula IRPH,  y solicitando el reintegro de los intereses que te cobraron en exceso, el montante a recuperar podría oscilar, en función de la cuantía del préstamo, entre los 10.000 y los 25.000 euros. 

Examina detenidamente qué tipo de interés variable contrataste con tu entidad financiera, puesto que aproximadamente entre un 10% y un 15% de los prestamos hipotecarios contratados por las entidades financieras con los consumidores han incluido la denominada cláusula “IRPH”

El IRPH (Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios) definido en el Anexo VIII de la Circular 8/90, del Banco de España, es la media simple de los tipos de interés medios ponderados por los principales de las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria de plazo igual o superior a tres años para adquisición de vivienda libre, que hayan sido iniciadas o renovadas en el mes al que se refiere el índice por los bancos y las cajas de ahorros.

Esta farragosa definición lo que viene a significar es que el I.R.P.H. es un valor medio representativo de los tipos de interés a que las entidades financieras suscriben los préstamos hipotecarios con sus clientes.

Dicho I.R.P.H. (Índice de Referencia a los Préstamos Hipotecarios) se elabora por el Banco de España a partir de los valores tomados de las operaciones de préstamo realmente formalizadas por las entidades de crédito con los clientes en cada período, y periódicamente se publica en el B.O.E, teniendo la particularidad de haber resultado en todo momento, desde su creación, sustancialmente mas caro que otros índices disponibles en el mercado como el EURIBOR.

Los consumidores afectados que acudieron a esta modalidad de contratación de su préstamo hipotecario, fueron deliberadamente impedidos por el banco de una comprensión real de cómo se configuraba este IRPH, no se les advirtió de forma clara y comprensible del encarecimiento que suponía la integración de los gastos y comisiones a los intereses que configuraban ese índice, y tampoco se les informó del coste comparativo que suponía la adopción de dicho índice en su contrato de préstamo con respecto a la utilización alternativa de otra modalidad como la del préstamo hipotecario con interés variable referenciado al índice EURIBOR.

La clausula IRPH y su utilización por las entidades bancarias ha conducido a un escenario de mercado en virtud del cual las entidades bancarias, lejos de diseñar un préstamo hipotecario pactado libremente por ambas partes con interés variable bajo la premisa de un efectivo reparto de riesgos entre ellas y sus clientes, han fabricado por el contrario una cláusula a través de la cual los descensos de los tipos de interés del mercado apenas han tenido una influencia perceptible en el abaratamiento de los préstamos hipotecarios para aquellos particulares afectados que los han contratado.

Según sostiene el equipo de profesionales del bufete PALOMAR abogados, no se trata de plantear la licitud que en sí pueda o no tener esta cláusula IRPH, ni de especular sobre si se trata de un índice manipulado o no por las entidades financieras, sino de comprobar cómo o de qué manera esta cláusula fue informada por el Banco a sus clientes, lo que en la práctica totalidad de los casos ha derivado en constatar que el banco no cumplió con el deber legal de informar al consumidor afectado de forma transparente y comprensible acerca de los riesgos de esta modalidad de préstamo que contrataba.

No te demores, llama a PALOMAR abogados. Reclamaremos para que anulen tu cláusula IRPH y te devuelvan los importes que injustamente te cobraron en exceso.


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envíenos un contacto y le llamaremos a la hora que prefiera.

Preguntas Frecuentes

¿Qué han dicho los jueces y Tribunales acerca de la cláusula IRPH?

Los Juzgados de Primera Instancia vienen pronunciándose mayoritariamente a favor de la anulación de la cláusula IRPH. Junto a ello, es de destacar la sentencia 188/16 de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Álava, que recientemente ha dictaminado la anulación de una cláusula IRPH impuesta por la entidad bancaria a un consumidor, y ello por considerar la falta de transparencia en la contratación con el consumidor en base a la concurrencia de estos factores:

Que el banco no se ha asegurado de que el cliente comprenda cómo se elabora el IRPH, la inclusión en el mismo de las comisiones y gastos de las entidades financieras, y la evolución comparativa del IRPH con respecto al EURIBOR.

Que el cliente se ha visto imposibilitado para poder elegir entre dicho índice IRPH y otro índice como el EURIBOR que podría haberle resultado económicamente más ventajoso.

¿Tengo en mi caso, en mi condición de afectado, realmente derecho a reclamar la anulación de la cláusula IRPH de mi hipoteca?

Sin duda alguna tienes el derecho a reclamar. De hecho, tal como te hemos indicado, múltiples sentencias de los Tribunales de Justicia vienen dictaminando la eliminación de dicha cláusula IRPH impuesta por el banco a sus clientes, y tu caso no tiene por qué ser una excepción.

PALOMAR abogados se complace en ofrecer la posibilidad, a todos aquellos consumidores que hayan podido resultar afectados por dicha cláusula IRPH, de que contacten sin más demora con este despacho profesional para defender adecuadamente sus derechos y demandar judicialmente la anulación de la referida cláusula así como el reintegro de los intereses cobrados de más por la entidad bancaria.

El motivo por el cual los afectados deben, en opinión de PALOMAR abogados, demandar a la entidad bancaria, no es otro que la ausencia de transparencia por parte del banco en la información proporcionada a sus clientes, transparencia que de haber existido nunca les hubiera llevado a aceptar la inclusión en su préstamo de la cláusula IRPH.

El consumidor, al contratar su hipoteca, en ningún momento fue consciente de que nunca podría beneficiarse de forma perceptible de una bajada de los tipos de interés del mercado, ni de que existían otras alternativas de contratación menos gravosas para él (como suscribir el préstamo con referencia al índice EURIBOR); por dicha razón PALOMAR abogados te sugiere que contactes con sus abogados especialistas en derecho bancario, que escucharán atentamente tu caso particular y te ayudaran a reclamar al banco la eliminación de la cláusula IRPH y el dinero que te cobró de más en concepto de interés.

¿Tiene mi hipoteca una cláusula IRPH? ¿De qué forma puedo localizarla?

Sin duda alguna tienes el derecho a reclamar. De hecho, tal como te hemos indicado, múltiples sentencias de los Tribunales de Justicia vienen dictaminando la eliminación de dicha cláusula IRPH impuesta por el banco a sus clientes, y tu caso no tiene por qué ser una excepción.

PALOMAR abogados se complace en ofrecer la posibilidad, a todos aquellos consumidores que hayan podido resultar afectados por dicha cláusula IRPH, de que contacten sin más demora con este despacho profesional para defender adecuadamente sus derechos y demandar judicialmente la anulación de la referida cláusula así como el reintegro de los intereses cobrados de más por la entidad bancaria.

El motivo por el cual los afectados deben, en opinión de PALOMAR abogados, demandar a la entidad bancaria, no es otro que la ausencia de transparencia por parte del banco en la información proporcionada a sus clientes, transparencia que de haber existido nunca les hubiera llevado a aceptar la inclusión en su préstamo de la cláusula IRPH.

El consumidor, al contratar su hipoteca, en ningún momento fue consciente de que nunca podría beneficiarse de forma perceptible de una bajada de los tipos de interés del mercado, ni de que existían otras alternativas de contratación menos gravosas para él (como suscribir el préstamo con referencia al índice EURIBOR); por dicha razón PALOMAR abogados te sugiere que contactes con sus abogados especialistas en derecho bancario, que escucharán atentamente tu caso particular y te ayudaran a reclamar al banco la eliminación de la cláusula IRPH y el dinero que te cobró de más en concepto de interés.

¿Tiene mi hipoteca una cláusula IRPH? ¿De qué forma puedo localizarla?

Antes que nada es preciso verificar que estamos ante una hipoteca a interés variable.

Una vez has verificado que efectivamente se trata de una hipoteca a interés variable, PALOMAR abogados reseña que el texto ante el que habitualmente se encontrará el consumidor afectado será uno que exprese una redacción como ésta “…tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años de la modalidad Cajas que con periodicidad mensual se publica en el Boletín Oficial del Estado” o “…tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años de la modalidad del Conjunto de Entidades de Crédito que con periodicidad mensual se publica en el Boletín Oficial del Estado”, o de contenido similar.

¿Cómo debería actuar si constato que estoy afectado en mi hipoteca por una cláusula IRPH?

PALOMAR abogados te recomienda que compruebes que reúnes los requisitos y dispones de la documentación indispensable, es decir:

Mi préstamo hipotecario se acordó a un tipo de interés variable.

He contratado como particular (no como una sociedad mercantil).

Cuento con toda la documentación que firmé en el banco y con toda la correspondencia que mantuve con la entidad financiera.

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