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Muy sencillo, localiza en tu documento del préstamo la cláusula cuarta, y en el primer párrafo dicha cláusula cuarta podrás localizada con ese mismo nombre "comisión de apertura".
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha determinado que se trata de una cláusula abusiva cuando la entidad bancaria no demuestre que dicha comisión de apertura se corresponde con servicios efectivamente prestados o gastos incurridos.
Cualquier documento en el que conste acreditado su importe.
No te preocupes.
No te preocupes porque no te solicitamos ninguna provisión de fondos, y solamente te cobraremos honorarios si obtenemos un resultado favorable.
Por supuesto que sí.
En Palomar Abogados somos especialistas en Derecho Bancario. A continuación les mostramos otros servicios de Derecho Bancario que también pueden ser de su interés.